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EL GRUPO SOCIALISTA ELEVA UNA MOCIÓN AL PRÓXIMO PLENO SOLICITANDO QUE SE REGULE EL DESEMPEÑO DE PUESTOS DE SEGUNDA ACTIVIDAD PARA POLICÍAS LOCALES, BOMBEROS Y OTROS TRABAJADORES MUNICIPALES

El Grupo Municipal Socialista pedirá en el próximo Pleno que el Ayuntamiento disponga el inicio de un procedimiento para la elaboración y aprobación de un Reglamento Municipal, que regule el desempeño de puestos en segunda actividad por los policías locales y por otros colectivos de trabajadores del Ayuntamiento

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El Grupo Municipal Socialista pedirá en el próximo Pleno que el Ayuntamiento disponga el inicio de un procedimiento para la elaboración y aprobación de un Reglamento Municipal, que regule el desempeño de puestos en segunda actividad por los policías locales y por otros colectivos de trabajadores del Ayuntamiento, cuyas funciones requieran la plenitud de capacidades físicas y psíquicas.


La Ley de Policías Locales de la Comunidad Valenciana establece (artículos 40-44), en términos generales, las circunstancias y procedimiento para que los miembros de los cuerpos de policía local puedan pasar a la situación de segunda actividad, cuando por sus condiciones de edad o de salud no puedan seguir desempeñando adecuadamente las funciones ordinarias.  La segunda actividad se desarrolla o bien en otras funciones en el propio Cuerpo de Policía o bien en otros puestos de trabajo de la propia Corporación de igual o similar categoría y nivel, salvo que la situación organizativa o de las plantillas no permita el ocupar puestos de segunda actividad, en cuyo caso el interesado permanecerá en situación de servicio activo en expectativa de destino hasta su adscripción a un nuevo puesto de trabajo.


         Pero como explica el edil socialista Jorge Espí en su moción “las diversas circunstancias que concurren en la aplicación de estas normas dan lugar a incertidumbres y dificultades prácticas que muchos Ayuntamientos han afrontado mediante la aprobación de una reglamentación que desarrolla -con respeto a lo que establece la Ley- el procedimiento a seguir, las tareas y puestos a desarrollar en la segunda actividad y otras cuestiones relacionadas. Convendría que el Ayuntamiento de Alicante dispusiera de su propia normativa que facilitara la gestión de estas situaciones”.

         “Por otra parte existen otros colectivos de empleados públicos que desarrollan tareas que requieren una plenitud de sus capacidades físicas y psíquicas, como los bomberos, a los que podría resultar conveniente aplicar unas medidas similares”, termina Jorge Espí.
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Fecha: 7.2.2010

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